En un hecho sin precedente en los cerca de 30 años que tiene de creada la Comisión Estatal de los Derechos (CEDH), su titular se encuentra en el ojo del huracán por los señalamientos que en su contra existen por omisiones en su labor, excesos administrativos e incluso -por paradójico que parezca- violaciones a derechos de los propios trabajadores, por lo que se ha turnado a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales de la LXXV Legislatura, el dictamen para la instauración de juicio político en contra del ombudsperson, Marco Antonio Tinoco Álvarez.
Durante la sesión extraordinaria del Congreso del Estado, se abordó el tema relacionado con el actuar del titular de la CEDH, con base en una serie de denuncias que en su contra ha recibido la Comisión de Derechos Humanos del Legislativo, y que dieron pie a la investigación en contra de Tinoco.

Así, se dio lectura al dictamen firmado por dos de los tres integrantes de la Comisión, donde se expone:
“Es preocupante para los diputados que integramos esta Comisión Legislativa, el número de quejas que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos archiva anualmente, en proporción al número de quejas que recibe de los ciudadanos en el mismo periodo”, refiere en una de sus partes el dictamen.
Añade: “En su informe anual de actividades 2020-2021 no menciona las causas por las cuáles decreta el archivo de la mayoría de estas en los términos del artículo 133 del Reglamento de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos vigente al momento de rendir el informe, señalando que existen 10 causas para decretar el archivo de los asuntos. Ahora bien, el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Dr. Marco Antonio Tinoco Álvarez al momento de la comparecencia, presentó un informe complementario de actividades 2020-2021, señalando en él, que las quejas recibidas son 1295, que 695 están en trámite y 600 en archivo el cual obedece a 12 supuestos que van desde: la persona se desista, que se haya satisfecho el bien, es decir, ya fui y la autoridad me lo dio, que se hayan logrado medios alternos, convenios y por falta de ratificación. Sin embargo, es preocupante el número de quejasdecretadas para su archivo, toda vez que, de las 695señaladas en trámite, pueden resultar en un mayor número de archivos, sin conocer la causa por las que se está archivando cada una de ellas. De igual manera se presume una falta de seguimiento a las recomendaciones emitidas por el organismo, dejandoen completa indefensión al ciudadano y abandonandola labor primigenia del organismo”.

En el largo documento de 21 fojas impulsado por la presidenta de la Comisión, Ivonne Pantoja Abascal, se hace referencia a las irregularidades de Marco Antonio Tinoco Álvarez, bajo una serie de acuerdos, entre los que se destaca:
“Ha sido omiso al no presentar denuncia ante la Auditoría Superior del Estado, derivado de los puntos anteriores (no haber recibió acta de entrega por parte de la anterior autoridad), lo cual no solamente es un problema administrativo, sino que viola la ley y losderechos humanos, de las y los michoacanos que tienen en trámite sus asuntos ante la Comisión Estatal o bien que indebidamente fueron ignoradas o archivadas”.

“El Ombudsperson ha sido omiso en la administración y fiscalización de sus recursos financieros y humanos aprobados por esta Soberanía vía presupuesto, su omisión se desprende de su aceptación al desconocimiento del destino de estos recursos con los que cuenta”.
“El Ombudsperson, sistemáticamente a violado la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán de Ocampo, al impedir que la persona que ha sido nombrada legalmente como Coordinadora Administrativa de dicha Comisión asuma su cargo, impidiendo con ello se cumpla con sus facultades y atribuciones en detrimento del erario y cometiendo violencia política de género en su vertiente de desempeño del cargo”.

“Su conducta al contratar al personal esencial de atención a quejas, denuncias, investigación y trámite ha sido indolente e irresponsable, toda vez que en su contratación o ratificación no ha contemplado los requerimientos establecidos por ley de la materia, dada cuenta que dichos servidores públicos no cuentan con los perfiles adecuados en materia de derechos humanos y por su propia declaración, pretende subsanarlos solamente con capacitación”.
Aunque en un inicio se pretendía que el dictamen de la Comisión de Derechos Humanos fuera suficiente para proceder al juicio político en contra del titular de Derechos Humanos, se hizo ver que es necesario sea dictaminado por las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, lo que finalmente permitió su canalización a ambas entidades, no son antes entrar en una ligera discusión por el procedimiento empleado.
Ninguno de los 24 diputados presentes a la hora de abordarse el tema, hizo pronunciamiento alguno a favor de Marco Antonio Tinoco Álvarez.

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