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Opinión

La muerte y el fisco

Jorge Álvarez Banderas

Los familiares de Lolita y Justino Morales, aquellos servidores públicos ejemplares que laboraban para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los años 70’s y 80’s, ahora les recuerdan con sus altares de muertos,’llenos de imágenes, flores, cruces, comida, calaveras  de  azucar,’ponche y  ‘demás símbolos entre los que sobresale   un’intenso   olor   a   copal,  seguramente   junto   con   sus declaracionesimpositivas, estas últimas dentro de sus objetos personales.

A   propósito   de   la   vispera   de   la   ya   tradicional   noche   de   muertos,   esadecuado recordar a la muerte desde el ámbito fiscal o tributario; por un lado es conveniente   precisar   que   las  obligaciones   en  general   no   se   extinguen   con   la muerte de la persona, si el difunto contribuyente al momento de su deceso cuenta con   un   patrimonio,   este   responderá   frente   a   terceros   respecto   de   dichas obligaciones, incluidos en estos tanto al fisco federal como a los fiscos, estatales o municipales según sea el caso, quedando a cargo de cumplir con las obligaciones pendientes de pago el albacea designado en vida por el propio contribuyente en su testamento o en su caso por la persona que el juez que conozca del asunto designe, una vez fallecido el causante e iniciado el juicio relativo.

La muerte tampoco es obstáculo para que deje correr el término prescriptivo de   dichas   obligaciones;   eso   sí,   la   muerte   en  materia   fiscal   permite   adquirir  la connotación   jurídica  de   “fecha   cierta”,   como requisito   exigible   respecto   de   los documentos privados que se presentan a la autoridad fiscal como consecuencia del ejercicio de sus facultades de comprobación, que los contribuyentes tienen el deber de conservar para demostrar la adquisición de un bien o la realización de un contrato u operación que incida en sus actividades fiscales; en materia penal, la legislación   penal   establece   límites   al  ius puniendi; verbigracia,   la   muerte   del delincuente fiscal entre otros.

Lo cierto es que en los altares de la noche de muertos no se visualizan como   parte   de   la   ofrenda,   las  declaraciones   de   impuestos,   contrario   a   otros elementos, con lo que se recuerdan a los familiares que ya no están presentes; la tradicional ofrenda de noche de muertos en México, es una muestra clara que a nuestros deudos no les gustaba contribuir con el gasto público, seguramente lo hacían, pero no como un gusto, sino como una obligación constitucional, bajo la amenaza   de   la   entonces   “cruzada   contra   la   evasión   fiscal”,   o   bien   con   aquel “cumples y te encuentras con Lolita, o fallas y te encuentras con Dolores” ¿Los recuerdas? @lvarezbanderas

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